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¿DETECTORES?, ¿INHIBIDORES?, ¿AVISADORES?


RADARES

DETECTORES, INHIBIDORES, AVISADORES 
Un aparato que tiene como razón de ser eludir la vigilancia del tráfico y el cumplimiento de los límites de velocidad no puede tener la más mínima cobertura legal

Los INHIBIDORES NO están permitidos; van escondidos en el coche; están prohibidos ya que están diseñados para detectar y anular los radares fijos y móviles de la DGT. Cabe pensar que quien los lleva tiene total libertad para circular como una bala entre el tráfico, por lo que la multa es: su retirada + 6.000€ + 6 puntos del carnet.



Los DETECTORES de radares NO  están permitidos; son equipos más reducidos y van instalados a la vista en el coche; detectan radares fijos y móviles y avisan al conductor. También están prohibidos. Multa de 200€ y retirada de 3 puntos del carnet.


Los AVISADORES  están permitidos. Vienen integrados en los navegadores  GPS y en los teléfonos móviles. Estos aparatos únicamente detectan donde está el radar, como la DGT hace públicos los lugares donde tiene instalados los radares, estos dispositivos tienen una base de datos de sólo los fijos; nos dicen dónde está el radar, pero no actúa según el mismo.


 Links a los que ir para saber más:







VER VÍDEO DEL SUBDIRECTOR DE NORMATIVA SOBRE DETECTORES DE RADAR

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